Conoce las consecuencias de faltar a tu audiencia en una corte de inmigración
Faltar a tu audiencia puede tener consecuencias graves. A continuación, te explicamos qué significa recibir una orden de deportación en ausencia y qué recursos
presentar para reabrir tu caso y potencialmente anular tu orden de deportación.

Por Rommel H. Ojeda
Mientras circulan reportes sobre deportaciones masivas, la falta de transparencia sobre quiénes están siendo afectados ha generado confusión entre inmigrantes con audiencias programadas.
Algunos han contado a Documented que han escuchado que la Oficina de Inmigración y Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés) está deteniendo a las personas que llegan a la corte de inmigración. Esto ha generado temor al momento de asistir a una audiencia por el riesgo de deportación.
Pero lo cierto es que faltar o llegar tarde a una audiencia puede tener consecuencias serias para los inmigrantes con casos pendientes. Esta ausencia puede interpretarse como falta de cooperación y resultar en una orden de deportación para quienes están en procesos de expulsión.
¿QUÉ SIGNIFICA RECIBIR UNA ORDEN DE DEPORTACIÓN “EN AUSENCIA”?
“El juez considera que has abandonado tu caso y que no deseas presentar ninguna defensa o luchar por quedarte en Estados Unidos”, explicó Jodi Ziesemer, directora de la Unidad de Protección de Inmigrantes en NYLAG. “Esto reducirá las opciones que tienes para protegerte y permanecer en el país”.

¿PUEDO APELAR UNA ORDEN DE DEPORTACIÓN EMITIDA EN AUSENCIA?
No se puede apelar. Sin embargo, Ziesemer explicó que hay un período limitado para presentar una moción para reabrir bajo circunstancias excepcionales. “Tienes un plazo de 180 días, o seis meses, para presentar una Moción para Reabrir y argumentar por qué tu caso debería ser reconsiderado y reintegrado al calendario de la corte”.
Sin embargo, Ziesemer advirtió que, después de faltar a una audiencia, ICE puede arrestar y deportar a la persona en cualquier momento. “No hay protección si faltas a una audiencia, a menos que presentes una explicación por escrito y un juez determine que calificas para una protección legal”.
¿QUÉ ES UNA MOCIÓN PARA REABRIR?
Cuando un juez de inmigración emite una orden en ausencia, una moción para reabrir permite que la persona presente nueva evidencia o hechos para reabrir el caso y potencialmente anular la orden de deportación.
La evidencia puede incluir prueba de que la persona no recibió la notificación de la audiencia o que circunstancias excepcionales como ser víctima de abuso o violencia extrema, enfermedad grave o la muerte de un familiar le impidieron asistir a la corte.
La moción para reabrir es un documento escrito que debe imprimirse, entregarse y presentarse en la misma corte que emitió la orden en ausencia. Una persona no puede ser deportada mientras la moción para reabrir está en trámite y pendiente de una decisión del juez.
Puedes obtener la dirección de la corte llamando al sistema automatizado de información de casos de Oficina Ejecutiva de Revisión de Casos de Inmigración (EOIR, por sus siglas en inglés) al 800-898-7180.
El Departamento de Justicia tiene una guía de autoayuda que detalla, paso a paso, cómo y dónde presentar una “Moción para Reabrir una Orden en Ausencia”. El documento explica qué información debe incluirse, como el nombre, dirección, pruebas de por qué se faltó a la audiencia y más.
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¿CÓMO VERIFICAR LA FECHA DE MI AUDIENCIA EN LA CORTE DE INMIGRACIÓN?
Una persona puede encontrar la fecha y lugar de su audiencia ingresando su número A en el Portal de Información Automatizada de Casos de EOIR o llamando al 1(800)898-7180.
Ziesemer indicó que, si el portal no muestra información, podría haber varias razones por las que el número A no está en el sistema.
Por ejemplo, el caso podría no haber sido registrado en la corte, o la persona podría no estar en los registros de las autoridades migratorias. Recomienda, además, que las personas consulten con un abogado de inmigración para explorar sus opciones.
Este reportaje salió publicado originalmente en Documented

