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El conflicto contra Irán violaría el Derecho Internacional, según expertos

El ataque contra Irán de parte de EE. UU. e Israel no cumpliría con la reglamentación del Derecho Internacional, como la inexistencia de una “amenaza inminente” que justifique un ataque preventivo.

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Personal de los servicios de emergencia inspecciona los daños en el lugar del impacto de un misil iraní en Tel Aviv, Israel
Personal de los servicios de emergencia inspecciona los daños en el lugar del impacto de un misil iraní en Tel Aviv, Israel, el 1 de marzo de 2026. (Foto: EFE)

Por Imane Rachidi

La ofensiva militar lanzada por Estados Unidos e Israel contra Irán no cumpliría con los requisitos establecidos en el derecho internacional, que considera ilegales casi todos los usos ofensivos de la fuerza sin autorización del Consejo de Seguridad de la ONU o de un supuesto caso de legítima defensa frente a un ataque armado, según expertos.

Tanto el recurso a la fuerza sin autorización como los ataques que afecten a civiles, por ambas partes, suman posibles violaciones del derecho internacional, sostienen expertos consultados tras la escalada registrada en los últimos días, marcada por bombardeos sobre territorio iraní y ataques transfronterizos de represalia por Irán en la región.

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¿ES LEGAL EL ATAQUE?

El punto de partida jurídico es la Carta de Naciones Unidas, que prohíbe el uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de otro Estado.

“El ataque de Israel y Estados Unidos es ilícito y constituye un acto de agresión; una violación de la prohibición del uso de la fuerza”, sentenció la experta en derecho internacional Marieke de Hoon.

Las únicas excepciones reconocidas son la autorización expresa del Consejo de Seguridad o la legítima defensa ante un ataque armado real o inminente.

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El exabogado de la fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI) James A. Goldston afirmó que, con la información disponible públicamente, “ninguna de esas condiciones parece haberse cumplido” en el ataque contra Irán.

A su juicio, que el régimen iraní sea objeto de fuertes críticas “no convierte la acción (militar en Irán) en un ataque lícito bajo el derecho internacional”.

En la misma línea, De Hoon aclaró que la legítima defensa significa que “se tiene derecho a defenderse frente a un ataque armado, e Irán no ha cometido un ataque armado contra Israel, Estados Unidos ni ningún otro país”.

Tampoco existía una “amenaza inminente” de que fuera a registrarse un supuesto ataque armado de Irán contra Estados Unidos o Israel, apunta.



POSIBLES CRÍMENES

Tras esos bombardeos, Irán lanzó ataques transfronterizos contra objetivos vinculados a Estados Unidos e Israel en la región, ampliando el conflicto y afectando a distintos países: Arabia Saudí, Baréin, Catar, Chipre, Emiratos, Irak, Israel, Jordania, Kuwait y Omán, en una escalada bélica que se ha extendido este lunes al Líbano.

“Irán tiene derecho a la legítima defensa. No es ‘represalia’. No llamamos ‘represalia’ a la legítima defensa de Ucrania, por ejemplo”, señala De Hoon.

Pero estos contraataques iraníes también plantean problemas jurídicos, pues el derecho internacional humanitario impone reglas estrictas sobre la conducción de una guerra.

La legítima defensa solo está permitida en la medida proporcional necesaria para repeler el ataque armado, y no puede dirigirse contra civiles ni contra infraestructuras civiles”, explica la experta.

Todas las partes deben respetar los principios de distinción, proporcionalidad y precaución, que exigen diferenciar entre objetivos militares y bienes civiles, y evitar daños excesivos a la población, pero se han visto imágenes de infraestructura civil (aeropuertos, instalaciones energéticas del Golfo, rutas marítimas, hoteles, escuelas) atacados o afectados.

Goldston advirtió que, independientemente de la legalidad del inicio del conflicto, “las normas que regulan la conducción de las hostilidades se aplican” y las imágenes de los ataques “plantean serias preguntas” sobre si se están haciendo las distinciones adecuadas entre lo militar y civil.

LA DIPLOMACIA

En cuanto a la rendición de cuentas, recuerdan que la Corte Penal Internacional (CPI) enfrenta limitaciones de jurisdicción, puesto que ni Israel, ni Estados Unidos, ni Irán son parte del tribunal, lo que reduce las posibilidades de un proceso judicial internacional inmediato.

De momento, dicen ambos expertos, el poder queda en manos de las respuestas diplomáticas, que están polarizadas: algunos gobiernos piden moderación y respeto al derecho internacional; otros justifican o apoyan el uso de la fuerza, incluidos Canadá, Francia, Alemania y Reino Unido.

“El derecho internacional exige una aplicación coherente; sin ella, se impone la lógica del más fuerte”, alertó De Hoon.

El presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez, ha rechazado la acción militar de Estados Unidos e Israel, que ha tildado de un “atropello a la legalidad internacional”; y, al mismo tiempo, ha calificado los ataques de respuesta iraní de “ilegales e indiscriminados” y se ha referido al régimen de Teherán como “absolutamente totalitario y cruel”.

“Por reprobable que sea el régimen en Irán, y no debería haber disputa sobre eso, (la ofensiva estadounidense) simplemente no es un ataque lícito”, denunció Goldston.

Para De Hoon, Sánchez es “la excepción positiva” en Occidente, porque ha evidenciado que es “perfectamente legítimo” señalar a “un grave violador de derechos humanos” como Irán y “no justificar una guerra de agresión contra” ese país por Estados Unidos e Israel.

“No se debe mirar hacia otro lado, sino señalarlo”, insistió la experta.

Con información de EFE

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Somos un medio digital de investigación y protección al consumidor dedicado a informar a la comunidad inmigrante en Houston, Texas y alrededores que, debido a su condición de vulnerabilidad, enfrenta situaciones adversas.

 

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